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DIRECTIVA N° 003-2020-OSCE/CD DISPOSICIONES APLICABLES PARA EL ACCESO Y REGISTRO DE INFORMACIÓN EN EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO - SEACE
24/02/2020 I LEGAL DATA Nº03 - Contratación pública

Mediante Resolución Nº 029-2020-OSCE/PRE se formalizó la aprobación de las Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información de contrataciones en el SEACE, derogando con ello las Directivas Nº 007-2016-OSCE/CD; 011-2017-OSCE/CD; 007-2019-OSCE/CD.

Algunos aspectos saltantes contenidos en la presente Directiva son:

  1. El mismo día que la Entidad registra en el SEACE la pérdida de la Buena Pro, esta debe registrar el otorgamiento al postor que ocupó el segundo lugar o la declaratoria de desierto del procedimiento de selección.

  2. Respecto del registro de información del Contrato y Ejecución contractual, la Entidad debe consignar ahora también el destinatario del pago (además de la lista de información enumerada en el acápite XII de la Directiva).

  3. Regula la formulación y atención de incidencias en el SEACE por parte de los operadores del SEACE (entre estos los proveedores del estado) o correcciones de datos del SEACE (destinado solo para el Jefe de Administración de la Entidad o del OEC).

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

EDWIN CARRASCO
Asociado
ecarrasco@dscasahierro.pe

JULIA SANCHEZ
Asociado
jsanchez@dscasahierro.pe

JOSE MATTO
Socio
jmatto@dscasahierro.pe

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