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Se facilita el cumplimientode las obligaciones tributarias mensuales por ampliación del aislamiento social
14/04/2020 I COVID2019 - Tributario

A raíz de la prórroga del Estado de Emergencia Nacional y del aislamiento social hasta el 26 de abril del presente año, informamos a nuestros clientes que -el día 13 de marzo de 2020- se publicó la Resolución de Superintendencia N° 069-2020 que modifica las Resoluciones de Superintendencia N° 055-2020 y 065-2020 en los siguientes términos:

 

CONTRIBUYENTES CUYO INGRESO SEA DE HASTA 2,300 UIT (S/ 9’660,000) – Modificación del segundo párrafo del literal a) de la Resolución de SuperintendenciaN° 055-2020:

Tratándose de los deudores tributarios que, en el ejercicio gravable 2019, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 2,300 UIT, o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe, se establece lo siguiente:

  • Los plazos para la declaración y pago de los conceptos contenido en el PDT Planilla ElectrónicaPLAME, correspondiente al periodo de febrero de 2020 se prorroga conforme al siguiente cronograma:

 

CONTRIBUYENTES CUYO INGRESO SEA DE HASTA 2,300 UIT (S/ 9’660,000) – Modificación del segundo párrafo del literal a) de la Resolución de SuperintendenciaN° 055-2020:

Tratándose de los deudores tributarios que, en el ejercicio gravable 2019, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 5,000 UIT, o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe, se establece lo siguiente:

  • Los plazos para la declaración y pago de los conceptos contenido en el PDT Planilla ElectrónicaPLAME, correspondiente a los periodos de marzo y abril de 2020 se prorroga conforme al siguiente cronograma:

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

PERCY CASTLE
Socio
pcastle@dscasahierro.pe

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