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Se establece el plazo y modo en que los empleados del sector privado a que se refiere el título III del decreto de urgencia Nº 033-2020 deben comunicar a la SUNAT el código de cuenta interbancaria (CCI)
30/03/2020 I COVID2019 Áreas Varias - Tributario

El Título III del Decreto de Urgencia N° 033-2020 regula el subsidio para el pago de planilla de empleadores del sector privado orientado a la preservación del empleo, para lo cual el artículo 14 dispone que los referidos empleadores que cumplan con los requisitos establecidos en ese título reciben, de manera excepcional y conforme a lo previsto en dicho artículo, un subsidio por cada trabajador que genere rentas de quinta categoría, estableciendo los empleadores excluidos y facultando al Ministerio de Economía y Finanzas para aprobar criterios adicionales de exclusión;

Que, por su parte, el artículo 15 del mencionado decreto de urgencia señala el procedimiento para determinar el monto del subsidio indicando, entre otros, que el pago de este se efectúa con abono en cuenta, para lo cual el empleador debe informar de manera remota el Código de Cuenta Interbancaria (CCI) a la SUNAT, en el plazo y modos que esta establezca.

En ese sentido, mediante Resolución de Superintendencia N° 064-2020, se establece que los empleadores del sector privado a que se refiere el artículo 14 del Decreto de Urgencia N.º 033-2020 deben comunicar a la SUNAT el CCI en el plazo de siete (7) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia N.º 033- 2020.

Asimismo, el empleador debe comunicar el CCI a la SUNAT a través de SUNAT Operaciones en Línea, ingresando a dicho sistema con su código de usuario y clave SOL y ubicando la siguiente opción en el rubro Empresas: Registro de CCI – Subsidio D.U. 033-2020.

Para efecto de lo dispuesto en el párrafo anterior resulta de aplicación lo previsto en la Resolución de Superintendencia N.º 109-2000/SUNAT que regula la forma y condiciones en que deudores tributarios podrán realizar diversas operaciones a través de internet mediante el sistema SUNAT Operaciones en Línea.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

PERCY CASTLE
Socio
pcastle@dscasahierro.pe

KAREN DE LA CRUZ
Asociado
kdelacruz@dscasahierro.pe

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