
Informamos a nuestros clientes que el 13 de mayo se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución Ministerial Nº 283-2020-MINSA, mediante el cual se modifican los numerales 6.1.10, 7.3.4. y 8.6. de los “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con Riesgo de Exposición a COVID-19”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA y modificado mediante Resolución MinisterialN° 265-2020-MINSA.
Efectivamente, a través de la norma en mención se precisó la definición de “Grupo de Riesgo”, el cual ahora comprende a personas mayores de 65 años
(originalmente era a partir de 60 años).
De igual manera, se realizaron modificaciones a los factores de riesgo ante el COVID-19 dispuestas por las normas sanitarias, a decir:
- Edad mayor de 65 años.
- Hipertensión. arterial no controlada.
- Enfermedades cardiovasculares graves.
- Cáncer.
- Diabetes.
- Mellitus.
- Asma moderada o grave.
- Enfermedad pulmonar crónica.
- Insuficiencia renal crónica en tratamiento con hemodiálisis.
- Enfermedad o tratamiento inmunosupresor.
- Obesidad. con IMC de 40 a más.
Por otro lado, se estableció que, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria por SARS-CoV-2 (COVID-19), las entidades públicas, empresas públicas y privadas, que no cuenten con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo implementado, pueden optar por aplicar el Anexo Nº 1 del Documento Técnico, referido a los Profesionales de la Salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo por tipos de centro de trabajo, para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19.
Si desea mayor información, por favor contáctenos:
JOSÉ CARLOS VELARDE
Socio
jvelarde@dscasahierro.pe
ROSSANNA REID
Asociado
rreid@dscasahierro.pe
BLANCA OLIVARES
Asociado
bolivares@dscasahierro.pe