EN
redes sociales
redes sociales
redes sociales
redes sociales
Modifican facultad discrecional de SUNAT para aplicación de infracciones tributarias
02/07/2020 I COVID2019 Tributario - Tributario

La Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de TributosInternos N° 011-2020-SUNAT/700000 - publicada el 1 de julio de 2020- señala que lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 008-2020-SUNAT/700000 referida a la facultad discrecional de no sancionar administrativamente se aplica a las infracciones cometidas o detectadas, según corresponda, entre el16 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020.

Asimismo, se dispone aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias en que incurran los deudores tributarios cuyo domicilio fiscal al 26 de junio de 2020 se encuentra ubicado en los departamentos en los que se aplica la medida de aislamiento social obligatorio (cuarentena), desde el1 de julio de 2020 hasta que concluya la referida medida.

Finalmente, no procede efectuar la devolución ni compensación de los pagos vinculados a las infracciones que son materia de discrecionalidad en la presente resolución.

 

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

PERCY CASTLE
Socio
pcastle@dscasahierro.pe

Regresar