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Modifican el lugar de presentación de declaraciones elaboradas utilizando PDT y el lugar de pago en determinados supuestos
01/05/2020 I COVID2019 - Tributario

Con el fin de continuar con la política de modificación de servicios no presenciales para el cumplimiento de las obligaciones de los administrados, se ha publicado la Resolución de Superintendencia N° 074- 2020/SUNAT, mediante el cual se señala que la presentación de las declaraciones originales, rectificatorias o sustitutorias utilizando los PDT aprobados con ese fin se realizaran-a partir del1 de mayo de 2020- en todos los casos a través de SUNAT Virtual.

Para tal efecto, el sujeto obligado debe cumplir con lo siguiente:

  1. Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea registrando sus datos, y seleccionar la opción “Mis declaraciones y pagos”.
  2. Presentar el PDT respectivo siguiendo las instrucciones del servicio “Mis declaraciones y pagos”.

El importe por pagar que se consigne en las declaraciones se podrá cancelar a través de (i) pago mediante débito en cuenta, (ii) pago mediante tarjeta de crédito o débito, (iii) NPS (número de pago SUNAT) en una entidad bancaria, o (iv) mediante el Sistema de Pago Fácil.

Del mismo modo, con posterioridad a la presentación de la declaración, el deudor tributario puede realizar el pago en efectivo o mediante cheque en la red bancaria autorizada por la SUNAT.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

PERCY CASTLE
Socio
pcastle@dscasahierro.pe

KAREN DE LA CRUZ
Asociado
kdelacruz@dscasahierro.pe

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