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La UIF-Perú notificará acciones de supervisión y sanción a través de casillas electrónicas asignadas a los sujetos obligados
27/08/2020 I COVID2019 Corporate Compliance - Corporate compliance

El día 12 de agosto de 2020, se publicó la Resolución N° 1982-2020 de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), en virtud la cual se realizan modificaciones e incorporaciones al artículo 3 de la Resolución SBS N° 3949-2019, respecto a la inclusión de la casilla electrónica como canal de notificación de documentos, en el marco de las funciones y competencias de supervisión y sanción de la UIF-Perú, respecto de los sujetos obligados bajo su supervisión.


La modificación al artículo mencionado refiere a la incorporación del numeral (5), a
saber:

  • La UIF-Perú notificará vía casilla electrónica documentos a los sujetos obligados
  • El depósito del documento electrónico en la respectiva casilla podrá efectuarse en cualquier momento y se entenderá notificado en ese acto, salvo que el mismo se hubiera producido en día inhábil o después de las 16:30 horas de un día hábil, en tal caso, la notificación se entenderá efectuada a las 8:30 horas del día hábil siguiente.
  • Las respuestas a los supuestos materia de notificación se sujetan a la estructura, contenido e instrucciones dadas por la UIF-Perú, establecidos en los manuales, tutoriales u otros documentos publicados en el portal de prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo - Portal PLAFT o comunicados a través de otro medio electrónico que determine la SBS.

Además, se incorporó el artículo 3-A a la Resolución en mención, la cual incorpora las siguientes obligaciones de los sujetos obligados frente a la casilla electrónica:

  • Revisar periódicamente la casilla electrónica asignada, con la finalidad de tomar conocimiento de los documentos y/o actos administrativos que se le notifiquen.
  • Mantener operativo su correo electrónico y/o servicio de mensajería, a efectos de recibir las alertas del Sistema de Solicitudes de Información.
  • Mantener la confidencialidad y adoptar las medidas de seguridad en el uso del nombre de usuario y la clave de acceso a la casilla electrónica asignada al Oficial de Cumplimiento.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

EMMA CANCHARI
Socio
ecanchari@dscasahierro.pe

JOSE MATTO
Socio
jmatto@dscasahierro.pe

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