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Extensión del plazo de arrastre de pérdidas bajo el sistema a) hasta por 5 años
08/05/2020 I COVID2019 - Tributario

A raíz de la prórroga del Estado de Emergencia Nacional y del aislamiento social hasta el 10 de mayo del presente año, informamos a nuestros clientes que -el día 08de mayo de 2020-se ha publicado el Decreto Legislativo N° 1481 mediante el cual se extiende el plazo del arrastre de pérdidas bajo el sistema A) hasta por 5 años.

De dicho modo, la norma señala que los contribuyentes domiciliados en el país generadores de rentas de tercera categoría que hubiesen optado u opten, según corresponda, por compensar su pérdida neta total de tercera categoría de fuente peruana bajo el sistema a) de compensación de pérdidas previsto en el art.

50 de la LIR, podrán compensar la pérdida que registren en el ejercicio gravable 2020 imputándola año a año, hasta agotar su importe, a las rentas netas de tercera categoría que obtengan en los 5 ejercicios inmediatos posteriores computados a partir del ejercicio gravable 2021(esto es, hasta el 2025, inclusive).

El saldo que no resulte compensado una vez transcurrido ese lapso, no podrá computarse en los ejercicios siguientes.
Vale precisar que la presente norma entra en vigencia desde el día de mañana, 09 de mayo de 2020.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

PERCY CASTLE
Socio
pcastle@dscasahierro.pe

KAREN DE LA CRUZ
Asociado
kdelacruz@dscasahierro.pe

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