Establecen modificaciones a las restricciones de tránsito

El 10 de abril de 2020, se publicó el Decreto Supremo N°64-2020-PCM, mediante el cual el Gobierno peruano ha establecido modificaciones a las restricciones vinculadas al Estado de Emergencia. A continuación, resaltamos las más relevantes:
- Se prorroga el Estado de Emergencia y, la inmovilización social obligatoria hasta el 26 de abril del 2020.
- Se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 18:00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente a nivel nacional. Salvo, en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto cuya la inmovilización social obligatoria rige desde las 16:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente
- Únicamente está permitido el desplazamiento de una persona por núcleo familiar de lunes a sábado, para la adquisición de víveres, productos farmacéuticos y trámites financieros (incluye el cobro de cualquiera de los beneficios pecuniarios otorgados por el Gobierno peruano, así como para el cobro de pensiones).
- Los domingos, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día.
- Es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público.
- Lo dispuesto en esta norma rige a partir del 11 de abril de 2020
Si desea mayor información, por favor contáctenos:
CHARLES CASTLE
Socio
ccastle@dscasahierro.pe
RICARDO MONTERO
Socio
rmontero@dscasahierro.pe