Disponen prórroga de plazos en procesos de selección y se habilita a las entidades a convocar procesos de bienes o servicios que estas consideres esenciales
01/04/2020 I COVID2019 - Contratación pública
El 31 de marzo de 2020 se publicó la Resolución Directoral Nº 002-2020-EF-54.01, la cual prórroga de la suspensión de plazos de procedimientos de selección y otras disposiciones en materia de abastecimiento, conforme el siguiente detalle:
- Se prorroga la suspensión de plazos para los procedimientos por el plazo de 13 días calendario adicionales, contados a partir del 31 de marzo 2020. Incluye la tramitación de procedimientos administrativos sancionadores, los procedimientos de selección, el perfeccionamiento de los contratos y las convocatorias en los rubros que no son parte de las actividades ni servicios esenciales (DS Nº 044-2020- PCM).
- La excepción a la suspensión se aplica a las actividades y servicios esenciales, así como los procedimientos que las entidades, en el marco del cumplimiento de sus funciones, consideren esenciales para preservar la vida, salud y seguridad de la población, bienes e infraestructura pública, aun cuando no se encuentren relacionados con la prevención de la propagación del COVID-29 y su atención.
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