Aprueban la reanudación de actividades económicas
04/05/2020 I COVID2019 - Corporativo

En efecto, hoy (3.05.2020) se ha publicado el Decreto Supremo 080-2020-PCM por medio del cual se ha aprobado la reanudación de actividades económicas en 4 fases, que serán aplicadas de manera gradual y progresiva.
La Fase 1 comprende 27 actividades, cuyas fechas de inicio serán aprobadas en los próximos días por los sectores competente:
Minería e industria
- Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería y proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos.
- Insumos para la actividad agropecuaria.
- Pesca industrial (consumo humano directo).
- Producción temporal: órdenes de compra (exportaciones) vencidas y por vencer.
- Industrias de vidrio, forestal (maderable u no maderable), papel y cartón, plásticos y hielo, ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipo.
- Industria metal mecánica.
- Sustancias químicas básicas y abono y servicios complementarios a agricultura (para actividades esenciales).
Construcción
- Proyectos del PlanNacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC).
- Proyectos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios(ARCC).
- 56 proyectos del Sector Transporte y Comunicaciones.
- 36 obras de saneamiento.
- Actividades de infraestructura agraria (riego, mantenimiento, rehabilitación de drenes, entre otros).
- Proyectos inmobiliarios priorizados (fase de excavación, estructuras y acabados, y viviendas en el ámbito rural).
- Productos agrarios(alquiler / venta de maquinarias).
- Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), acceso de agua y alcantarillado en comisarías, hospitales y colegios.
- Industrias y servicios conexos a la construcción.
Servicios y Turismo
- Restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio (con propia logística del establecimiento y protocolo de seguridad y recojo en local).
- Hoteles categorizados y transporte turístico para actividades esenciales.
- Servicios vinculados a telecomunicaciones.
- Servicios complementarios a la agricultura.
- Servicios prestados a empresas (soporte de TI y servicios profesionales, exportaciones de servicio de conocimiento).
- Servicios notariales.
- Servicios de reciclaje.
- Servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares (bombas, termas, ascensores, gasfitería, electricista, carpintería, etc.).
- Servicios de almacenamiento de: abonos y material primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.
Comercio
- Comercialización de productos agrarios.
- Comercio electrónico de bienes para el hogar y afines.
Las Fases 2, 3 y 4 serán aprobadas y publicadas más adelante, conforme a las evaluaciones que se realicen.
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