
Desde el 3 de junio de 2019, personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, domiciliadas o no en el país, inscritas o no en el RUC deben presentar la declaración informativa de predios, siempre y cuando cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:
- Ser propietarios de dos o más predios no inscritos en el Registro de Predios, cuyo valor total sea mayor a S/ 150,000 (ciento cincuenta mil soles)
- Ser propietarios de dos o más predios no inscritos en el Registro de Predios, siempre que al menos dos de ellos hayan sido cedidos para ser destinados a cualquier actividad económica.
- Ser propietarios de un único predio no inscrito en el Registro de Predios, cuyo valor sea mayor a S/ 150,000 (ciento cincuenta mil soles), el cual hubiera sido subdividido y/o ampliado para cederlo a terceros a título oneroso o gratuito.
El concepto de predio abarca cualquier tipo de terreno rústico o urbano, casa, departamento, cochera o depósito.
Para efectos del cómputo del valor del predio a considerar en esta declaración anual de predios, se considera el último autovalúo considerado para el impuesto predial que le haya sido cursado o notificado por cada Municipalidad distrital o provincial.
Cronograma de Declaración de Predios 2018 |
|||||
Último dígito de RUC |
8 y 9 o una letras |
6 y 7 |
4 y 5 |
2 y 3 |
0 y 1 |
Fecha de Vencimiento |
3-jun-19 |
4-jun-19 |
5-jun-19 |
6-jun-19 |
7-jun-19 |
Si desea mayor información, por favor contáctenos:
Percy Castle
pcastle@casahierroabogados.com.pe
Raúl Odría
rodria@casahierroabogados.com.pe
Antonella Ghisleri
aghisleri@casahierroabogados.com.pe
Si desea mayor información, por favor contáctenos: