
Mediante el Decreto Supremo No. 226-2020-EF - publicado el 12 de agosto de 2020- se ha modificado el Capítulo XI del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas (LIGV) referente a la Devolución de Impuestos a Turistas.
De este modo, se han modificado las normas respecto al Registro de Establecimientos Autorizados, las obligaciones de los dichos Establecimientos y de los Turistas, solicitudes de devolución, Constancias de “Tax Free”, entre otros. Siendo importante señalar que se ha establecido como Puesto de Control habilitado al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.
La vigencia de la norma está sujeta a la vigencia de la Resolución de Superintendencia que regule el procedimiento de devolución; y que se encuentre operativo el primer puesto de control habilitado
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PERCY CASTLE
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