SUNAFIL APRUEBA CRITERIOS NORMATIVOS PARA FISCALIZACIONES LABORALES
22/01/2020 I DS Casahierro informa - Laboral y previsional

Informamos a nuestros clientes que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 358-2019-SUNAFIL, de fecha 30 de diciembre de 2019, la SUNAFIL aprobó los siguientes criterios normativos aplicables a las fiscalizaciones laborales que se realicen en el marco del Sistema de Inspección del Trabajo.
- En caso de denuncias contra un consorcio, se debe emitir órdenes de inspección concretas (para sujetos determinados e individualizados), dirigidas a las empresas consorciadas en la medida que estas se encuentren identificadas.
En su defecto, se podrán emitir órdenes de inspección genéricas (conjunto indeterminado de sujetos), a fin de que durante las actuaciones inspectivas se identifique a las empresas consorciadas. - La falta de implementación del Registro de Accidentes de Trabajo constituye una infracción permanente.
- En caso de denuncias contra una Junta de Propietarios, se debe emitir órdenes de inspección concretas dirigidas a los propietarios que integran la Junta, en la medida que se encuentren identificados.
- En su defecto, se deberán emitir órdenes de inspección genéricas, a fin de que durante las actuaciones inspectivas se identifiquen a los propietarios.
- La falta de depósito de la CTS y la falta de pago directo de la CTS califican como infracciones muy graves en materia de relaciones laborales, tipificadas en los numerales 24.5. y 24.4., respectivamente, del artículo 24° del Reglamento de la Ley General de Inspección, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2006-TR.
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JOSÉ CARLOS VELARDE
Socio
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ROSSANNA REID
Asociado
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BLANCA OLIVARES
Asociado
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