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Se amplía cómputos de plazos administrativos relacionados con funciones y atribuciones de la SBS
10/06/2020 I COVID2019 - Corporativo

El día de ayer se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución SBSN°1537-2020, norma mediante la cual la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (“SBS”) ha dispuesto ampliar hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, la suspensión del cómputo de plazos dispuesta mediante Resolución de SBS N° 1259-2020 y sus respectivas prórrogas, sobre los plazos administrativos relacionados con las funciones y atribuciones que corresponden a dicha entidad, incluyendo los establecidos para la entrega de información que le fuera requerida de manera virtual y los plazos a los que se refieren los artículos 252 y 253 del Texto Único ordenado de la Ley N° 27444, y la suspensión del cómputo de plazos a la que se refiere el artículo tercero de la resolución SBSN°1268-2020.


Cabe recalcar que, durante la vigencia de la suspensión indicada, se mantiene vigente lo dispuesto en el artículo tercero de la resolución de SuperintendenciaN°1259-2020.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

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