EN
redes sociales
redes sociales
redes sociales
redes sociales
Migraciones emitió diversas disposiciones frente al Estado de Emergencia
24/03/2020 I COVID2019 - Laboral y previsional

Informamos a nuestros clientes que el día 21 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia N° 000104-2020, mediante la cual la Superintendencia Nacional de Migraciones (en adelante, “Migraciones”) estableció las siguientes medidas excepcionales frente al Estado de Emergencia:

  • Se autoriza la reprogramación de las citas de procedimientos administrativos y los diversos servicios que brinda Migraciones, una vez el Estado de Emergencia culmine.
  • Se suspenden los plazos administrativos y las multas por exceso de permanencia durante todo el período del Estado de Emergencia, permitiendo que en un plazo no menor a cuarenta y cinco (45) días se inicien los procedimientos de regularización correspondientes.
  • Se extienden los plazos de los permisos especiales otorgados a los extranjeros para ausentarse del territorio nacional, así como a aquellos extranjeros residentes que se encuentran fuera del país, por toda la duración del Estado de Emergencia, siempre que no vengan de los países que cerraron temporalmente sus fronteras antes de la entrada en vigencia de la cuarentena nacional, cuya extensión se encuentra condicionada a la acreditación que provienen de dicho país y se hará desde el plazo en que se encontró estar impedido de salir del mismo.
  • Se suspenden los plazos de los procedimientos administrativos y los servicios que brinda Migraciones por el plazo de treinta (30) días hábiles, con eficacia anticipada desde el 16 de marzo de 2020.
  • Se extiende el plazo de vigencia de la calidad migratoria temporal o residente durante toda la duración del Estado de Emergencia, con eficacia anticipada al 16 de marzo de 2020.
  • Se suspende el plazo de ejecución de la orden de salida para abandonar el país de la persona extranjera cuya solicitud de cambio de calidad migratoria o prórroga fue denegada, con eficacia anticipada desde el 16 de marzo de 2020 hasta la culminación del Estado de Emergencia.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

JOSÉ CARLOS VELARDE
Socio
jvelarde@dscasahierro.pe

BLANCA OLIVARES
Asociado
bolivares@dscasahierro.pe

ROSSANNA REID
Asociado
rreid@dscasahierro.pe

Regresar