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Amplían Facilidades para Obligaciones Tributarias Mensuales
30/04/2020 I COVID2019 - Tributario

A raíz de la prórroga del Estado de Emergencia Nacional y del aislamiento social hasta el 10 de mayo del presente año, informamos a nuestros clientes que -el día 29 de abril de 2020- se publicó la Resolución de Superintendencia N° 075-2020-SUNAT, que modifica las Resoluciones de Superintendencia N° 055-2020 y 065-2020, en los siguientes términos:

CONTRIBUYENTES CUYO INGRESO SEA DEHASTA 2,300 UIT (S/ 9’660,000)

Tratándose de los deudores tributarios que, en el ejercicio gravable 2019, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 2,300 UIT, o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe, se establece lo siguiente:

Se prorroga los plazos para la declaración y pago de las obligaciones tributarias mensuales del periodo de febrero de 2020 conforme al siguiente cronograma:

Se prórroga hasta el 25 de mayo de 2020 de los plazos de envío a la SUNAT –directamente o través del OSE según corresponda- de las declaraciones informativas y comunicaciones del Sistema de Emisión Electrónica que vencían originalmente desde el 16 de marzo de 2020 hasta el10 de mayo de 2020.

Se extiende hasta el 29 de mayo de 2020 el plazo para presentar la DAOT cuyo plazo fijo de presentación hubiere estado comprendido entre el16 de marzo de 2020 y el10 de mayo de 2020.

CONTRIBUYENTES CUYO INGRESO SEA HASTA 5,000 UIT (S/ 21’000,000)

Tratándose de los deudores tributarios que, en el ejercicio gravable 2019, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 5,000 UIT, o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe, se establece lo siguiente:

Se prorroga los plazos para la declaración y pago de las obligaciones tributarias mensuales conforme al siguiente cronograma:

Nota: Incluye vencimiento para declaración y pago al contado o de las cuotas del ITAN

Se prorroga las fechas máximas de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras electrónico – Cronograma Tipo A – conforme al siguiente detalle:

Se prórroga hasta el 25 de mayo de 2020 de los plazos de envío a la SUNAT –directamente o través del OSE según corresponda- de las declaraciones informativas y comunicaciones del Sistema de Emisión Electrónica que vencían originalmente desde el 31 de marzo de 2020 hasta el10 de mayo de 2020. Se extiende hasta el 29 de mayo de 2020 el plazo para presentar la DAOT cuyo plazo fijo de presentación hubiere estado comprendido entre el 31 de marzo de 2020 y el10 de mayo de 2020.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

PERCY CASTLE
Socio
pcastle@dscasahierro.pe

KAREN DE LA CRUZ
Asociado
kdelacruz@dscasahierro.pe

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