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SUNAFIL APRUEBA CRITERIOS NORMATIVOS PARA FISCALIZACIONES LABORALES
22/01/2020 I DS Casahierro informa - Laboral y previsional

Informamos a nuestros clientes que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 358-2019-SUNAFIL, de fecha 30 de diciembre de 2019, la SUNAFIL aprobó los siguientes criterios normativos aplicables a las fiscalizaciones laborales que se realicen en el marco del Sistema de Inspección del Trabajo.

  1. En caso de denuncias contra un consorcio, se debe emitir órdenes de inspección concretas (para sujetos determinados e individualizados), dirigidas a las empresas consorciadas en la medida que estas se encuentren identificadas.
    En su defecto, se podrán emitir órdenes de inspección genéricas (conjunto indeterminado de sujetos), a fin de que durante las actuaciones inspectivas se identifique a las empresas consorciadas.
  2. La falta de implementación del Registro de Accidentes de Trabajo constituye una infracción permanente.
  3. En caso de denuncias contra una Junta de Propietarios, se debe emitir órdenes de inspección concretas dirigidas a los propietarios que integran la Junta, en la medida que se encuentren identificados.
  4. En su defecto, se deberán emitir órdenes de inspección genéricas, a fin de que durante las actuaciones inspectivas se identifiquen a los propietarios.
  5. La falta de depósito de la CTS y la falta de pago directo de la CTS califican como infracciones muy graves en materia de relaciones laborales, tipificadas en los numerales 24.5. y 24.4., respectivamente, del artículo 24° del Reglamento de la Ley General de Inspección, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2006-TR.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

JOSÉ CARLOS VELARDE
Socio
jvelarde@dscasahierro.pe

ROSSANNA REID
Asociado
rreid@dscasahierro.pe

BLANCA OLIVARES
Asociado
bolivares@dscasahierro.pe

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