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¡ATENCIÓN CON LOS REGALOS CORPORATIVOS!
09/12/2019 I DS Casahierro informa - Corporate compliance

Estando a puertas de las celebraciones navideñas y de fin de año, diferentes empresas han iniciado con los preparativos para agasajar a sus colaboradores, así como para reafirmar lazos con sus clientes, proveedores y demás socios de negocio. En dicho contexto, es importante tener algunos puntos en consideración.

Si bien la entrega de obsequios corporativos se ha venido desarrollando como una práctica tradicional en esta temporada del año, al día de hoy, dada la coyuntura nacional en la que nos encontramos, donde la lucha anticorrupción, tanto a nivel público como privado, ha tomado un papel de gran relevancia, la misma podría ser considerada por las autoridades como una “ventaja” o “contraprestación” que podría resultar en el involucramiento de la compañía y sus representantes legales en un escenario delictivo.

Frente a ello y a efectos de evitar contingencias del tipo antes señalado, sugerimos tener presente los siguientes tips:

  • Abstenerse de enviar o aceptar regalos cuyo precio sea elevado.
  • Evitar la entrega de gift cards como obsequios a terceros, recordemos que estas suponen una entrega de dinero.
  • Evitar el envío de presentes a un domicilio particular, es mejor enviarlos a centros de trabajo, locales comerciales, entre otros, de manera que garanticemos el público conocimiento.
  • Una buena opción de regalos son aquellos artículos de uso diario o de oficina que contengan la marca de la empresa (merchandising).
  • Evitar la entrega de regalos o atenciones en el marco de una negociación o contratación, inclusive, en esta época del año.
  • Si se entregan regalos, procurar que estos se den a todos los clientes y/o proveedores y no solo a unos cuantos, de manera que se refleje que este accionar es parte de una práctica comercial.

Sin perjuicio de las sugerencias indicadas, desde CASAHIERRO Abogados recomendamos la implementación anticipada de una normativa interna que regule la entrega y recepción de regalos, obsequios, atenciones y/o donaciones en las organizaciones corporativas, la cual -mínimamente- debe contener:

  • Límites respecto al precio y cuantía de los obsequios y/o donaciones.
  • Procedimiento ante la recepción y entrega de regalos.
  • Prohibición de entrega o recepción de regalos a familiares del destinatario.
  • Prohibición de entrega o recepción de regalos durante procesos de negociación.
  • Obligación de reporte al Encargado de prevención ante la entrega de cualquier obsequio, de manera que este evalúe su pertinencia.
  • Obligación de comunicar el ofrecimiento de un regalo vinculado, directa o indirectamente, a la toma de una decisión favorable.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

JOSE MATTO
Socio
jmatto@dscasahierro.pe

EMMA CANCHARI
Socio
ecanchari@dscasahierro.pe

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