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ATENCIÓN AL VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA EL REPORTE DE INFORMES SEMESTRALES Y ANUALES DE SUJETOS OBLIGADOS A LA UIF-PERÚ
15/01/2020 I DS Casahierro informa - Corporate compliance

La Ley N° 27693 y su Reglamento establecen que el Oficial de Cumplimiento debe emitir informes sobre el funcionamiento y nivel de cumplimiento de prevención de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) por parte del sujeto obligado que lo designó como tal, los mismos que deben ser reportados a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú), de forma anual y, en algunos casos, semestral.

Al respecto, es importante señalar que el plazo para que los Oficiales de Cumplimiento presenten su Informe Semestral (ISOC) y/o Informe Anual (IAOC) correspondiente al período anual 2019 o al segundo semestre del año 2019, según corresponda, se encuentra pronto a culminar, a saber, el 15 de febrero de 2020.

Para ello, es imprescindible que, tanto el ISOC como el IAOC, hayan sido puestos a conocimiento del Directorio (o similar) y cuenten con su validación, por lo menos, quince (15) días calendario antes de su presentación ante la UIF-Perú, lo cual –atendiendo a la fecha de vencimiento antes indicada– implica que los sujetos obligados deben cumplir con dicho procedimiento interno, a más tardar, el 31 de enero de 2020.

Cabe precisar que la no presentación del ISOC y el IAOC dentro del plazo establecido, o su presentación sin cumplir con el contenido mínimo o con información inexacta, son supuestos que se encuentran calificados como infracciones graves y, en ese sentido, acarrean la imposición de multas de hasta veinte (20) UIT.

¿Qué deben contener el ISOC y el IAOC?

Entre otros, el Informe deberá contener como mínimo lo siguiente:

  • ü Estadística del Reporte de Operaciones
  • ü Estadística de las operaciones inusuales detectadas.
  • ü Estadística de las operaciones sospechosas reportadas.
  • ü Descripción de nuevas señales de alerta de operaciones inusuales establecidas por la empresa.
  • ü Políticas de debida diligencia y conocimiento del cliente.
  • ü Información sobre las Capacitaciones brindadas durante el año.

¿Qué sujetos obligados deben presentar el ISOC?

Entre otros, los sujetos obligados que deben presentar el Informe Semestral del Oficial de Cumplimiento son:

  • - Los que se dedican a la explotación de juegos a distancia utilizando el internet o cualquier otro medio de comunicación, de acuerdo con la normativa sobre la materia.
  • - Los que se dedican a la explotación de apuestas deportivas a distancia utilizando el internet o cualquier otro medio de comunicación, de acuerdo con la normativa sobre la materia.
  • - Los laboratorios y empresas que producen y/o comercializan insumos químicos y bienes fiscalizados (IQBF).
  • - Las empresas que distribuyen, transportan y/o comercializan insumos químicos que pueden ser utilizados en la minería ilegal, bajo control y fiscalización de la SUNAT.
  • - Los que se dedican a la compraventa o importaciones de armas y municiones.
  • - Los que se dedican a la fabricación y/o la comercialización de materiales explosivos.

¿Qué sujetos obligados deben presentar el IAOC?

Los sujetos obligados que deben presentar el Informe Anual del Oficial de Cumplimiento, entre otros, son:

  • - Los que se dedican a la construcción/inmobiliaria.
  • - Las empresas que comercializan maquinarias y equipos que se encuentran comprendidos en las Sub-partidas nacionales Nº 84.29, Nº 85.02 y Nº 87.01 de la Clasificación Arancelaria Nacional.
  • - Los que se dedican al comercio de joyas, metales preciosos y/o piedras preciosas.
  • - Las empresas mineras.
  • - Los que se dedican a la compraventa de divisas.
  • - Los que se dedican a la compraventa de vehículos y embarcaciones.
  • - Los que se dedican al préstamo y/o empeño.
  • - Las organizaciones sin fines de lucro (OSFL) que recauden, transfieran y desembolsen fondos, recursos u otros activos para fines o propósitos caritativos, religiosos, culturales, educativos, científicos, artísticos, sociales, recreativos o solidarios o para la realización de otro tipo de acciones u obras altruistas o benéficas; y faciliten créditos, microcréditos o cualquier otro tipo de financiamiento económico.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

JOSE MATTO
Socio
jmatto@dscasahierro.pe

EMMA CANCHARI
Socio
ecanchari@dscasahierro.pe

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