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Aprueban Procedimiento Específico: "Uso y Control de Precintos Aduaneros y otras Obligaciones Que Garanticen la Integridad de la Carga"

Con motivo de los últimos cambios a la Ley General de Aduanas y a su reglamento, se establecieron modificaciones referidas al proceso de integridad y seguridad de la carga. De este modo, el pasado 31 de agosto se publicó la Resolución de Superintendencia N° 000143-2020/SUNAT, que aprueba el nuevo Procedimiento Específico “Uso y control de Precintos Aduaneros y Otras Obligaciones que garanticen la Integridad de la Carga” – Control-Pe.00.08 (Versión 3).

La citada norma ha derogado la versión 2 del referido Procedimiento Específico, y entre los principales aspectos ha establecido lo siguiente:

  1. Nuevas características mínimas para los precintos aduaneros tipo perno y tipo cable (se requiere la inclusión de un código QR);
  2. Cualquier modificación de las características mínimas o de las especificaciones técnicas del precinto aduanero se debe publicar con una anticipación no menor a 6 meses de su entrada en vigor;
  3. Se establecen precisiones específicas para la colocación del precinto por la autoridad aduanera, el almacén aduanero, el despachador de aduana, el beneficiario, la empresa de servicio postal, la empresa del servicio de entrega rápida, el declarante o responsable de las mercancías; tanto en el ingreso como a la salida del país de las mercancías; y
  4. Se han regulado obligaciones puntuales que los importadores, exportadores, almacenes aduaneros y administradores o concesionarios de las instalaciones portuarias deben adoptar para garantizar la seguridad de la carga, así como para informar a la autoridad aduanera ante alguna ocurrencia.

Este nuevo Procedimiento entrará en vigor el 2 de octubre del presente año, excepto la obligación de incluir el código QR en los precintos aduaneros tipo perno y tipo cable, que entrará en vigor el 4 de julio de 2021.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

CHARLES CASTLE
Socio
ccastle@dscasahierro.pe

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