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APRUEBAN LAS DISPOSICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Y PAGO DEL IMPUESTO AL CONSUMO DE LAS BOLSAS DE PLÁSTICO RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No. 171-2019/SUNAT
02/09/2019 I ALERTA LEGAL No. 15 – Tributario -

Mediante la Ley No. 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, se creó el impuesto al consumo de las bolsas de plástico, el cual grava la adquisición, bajo cualquier título, de bolsas de plástico cuya finalidad sea cargar o llevar bienes enajenados por los establecimientos comerciales o de servicios de contribuyente.

De este modo, se ha aprobado el Formulario Virtual 1670 – Impuesto al consumo de bolsas de plástico – Agente de Percepción para la declaración y pago del impuesto, de acuerdo al cronograma aprobado por la SUNAT para el cumplimiento de las obligaciones mensuales.

Vale indicar que el impuesto debe anotarse en el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, en la columna “Otros tributos y cargos que no forman parte de la base imponible”.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

Percy Castle
pcastle@casahierroabogados.com.pe

Raúl Odría
rodria@casahierroabogados.com.pe

Karen De la Cruz
kdelacruz@casahierroabogados.com.pe

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