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Alerta Legal - Tributario: Facilitan cumplimiento de obligaciones a obligados a emitir recibo electrónico SP
30/09/2020 I ALERTA LEGAL 009019 - Tributario

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000160-2020/SUNAT, publicada el 30 de setiembre de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, la Administración Tributaria ha facilitado el cumplimiento de obligaciones a los contribuyentes designados como emisores electrónicos obligados a emitir el recibo electrónico por servicios públicos (en adelante, “recibo electrónico SP”).

De este modo, tomando en consideración que dichas empresas aún no han completado sus procesos para cumplir con la emisión del recibo electrónico SP, la Administración Tributaria se ha visto obligada a modificar los plazos establecidos en el artículo 10.1 y el inciso b) del artículo 11.2 de la Resolución de Superintendencia No. 206-2019/SUNAT vinculados con el envío del recibo electrónico SP a la SUNAT, y la comunicación de baja del comprobante de pago electrónico y de la nota electrónica.

Por último, se ha dispuesto incorporar la Única Disposición Complementaria Transitoria en la Resolución de Superintendencia No. 206-2019/SUNAT, señalando que las empresas en referencia podrán emitir documentos autorizados por el Reglamento de Comprobantes de Pago (RCP) hasta el 30 de junio de 2021 y que las empresas concesionarias del servicio de telefonía bajo el control de OSIPTEL podrán incluir en los recibos que emiten, los mismos documentos autorizados.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

PERCY CASTLE
Socio
pcastle@dscasahierro.pe

KAREN DE LA CRUZ
Asociado
kdelacruz@dscasahierro.pe

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