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Alerta Legal - Corporativo: Publican el proyecto normativo del Reglamento de Inscripción de Cooperativas
12/10/2020 I ALERTA LEGAL 10014 - Corporativo

El día de hoy, se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución N° 144-2020-SUNARP/SN (en adelante, la “Resolución”), mediante la cual se hace de conocimiento público el proyecto normativo del Reglamento de Inscripción de Cooperativas (en adelante, el “Reglamento”); en el cual se regulan las inscripciones de actos relativos a las organizaciones cooperativas; tanto las Cooperativas Primarias y Centrales de Cooperativas, como las Federaciones Nacionales de Cooperativas y Confederación Nacional de Cooperativas.

En ese sentido, entre sus principales disposiciones cabe destacar lo siguiente:

  • Para todo lo no previsto en el Reglamento, son aplicables de forma supletoria los principios y normas registrales previstos en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas (RIRPJ), los regulados por el Reglamento General de Registros Públicos y demás regulados por el Código Civil.
  • Respecto a la constitución de las cooperativas, constará en un acta en donde, adicionalmente a los requisitos del Reglamento, se deberá detallar la elección de los primeros consejos y comités, indicando el período de funciones de los mismos.
  • Adicionalmente, para la inscripción del acto de constitución de una cooperativa primaria o central cooperativa el título deberá contener, la indicación de la suscripción del capital inicial y el monto mínimo que le corresponde pagar a cada socio. No siendo necesario acreditarse el pago del capital.
  • Respecto a la convocatoria y constancia de convocatoria, rigen los requisitos establecidos en el RIRPJ, con las precisiones establecidas en el Reglamento, tales como:
  1. En la convocatoria bastará con consignar que el consejo de administración efectúa la convocatoria, sin requerir señalar los nombres de sus integrantes.
  2. La constancia de convocatoria deberá ser emitida por el Presidente o en su ausencia por el Vicepresidente del consejo de administración. No requiere acreditarse dicha ausencia.
  3. Los demás supuestos mencionados en el Reglamento.
  • Asimismo, el Reglamento regula los requisitos para la inscripción de las sesiones de asamblea general y de consejo de administración no presenciales o virtuales reguladas en el estatuto, estas deberán ceñirse a lo establecido en el RIRPJ con las precisiones indicadas en el Reglamento.
  • Respecto a la inscripción de la sucursal de una cooperativa o su cancelación, se efectuará en mérito a la copia certificada del acta que contiene el acuerdo del órgano competente. A falta de disposición distinta del estatuto, la asamblea general decide el establecimiento de una sucursal o su cancelación.
  • Respecto a la reorganización de cooperativas (transformación, fusión y escisión), el acuerdo de reorganización se formaliza mediante instrumento público de acuerdo al siguiente detalle:
  • En el caso de la transformación, este deberá contener todos los requisitos exigidos para la persona jurídica adoptada.
  • En el caso de la fusión o escisión, la constancia de que la cooperativa no ha sido emplazada judicialmente por los acreedores, oponiéndose a tales acuerdos, será emitida por el gerente de la cooperativa o, en ausencia de éste, por el presidente del consejo de administración.
  • Finalmente, respecto a inscripción de las sesiones de asamblea general y/o consejo de administración no presenciales o virtuales no previstas en el estatuto, rigen las mismas normas que se han establecido para las sesiones no presenciales o virtuales reguladas en el estatuto, con las disposiciones específicas reguladas en el Reglamento, tales como:
  • La convocatoria podrá ser realizada por los medios previstos en el estatuto o por correo electrónico, whatsapp, mensajes de texto o cualquier otro medio que determine el órgano que efectúa la convocatoria.
  • En la constancia de convocatoria se indicará, adicionalmente, que el medio de convocatoria empleado ha permitido que todos los socios tomen conocimiento de la convocatoria.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

PERCY CASTLE
Socio
pcastle@dscasahierro.pe

RAFAEL ARTIEDA
Socio
rartieda@dscasahierro.pe

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